
En este artículo encontrarás una explicación completa de qué es el seguro de cesantía en Chile, sus modalidades y beneficios, los requisitos y documentos necesarios para solicitarlo, y una guía detallada para gestionar la solicitud a través de las plataformas oficiales. Se describen los tipos de seguro, los montos y plazos de pago, las consideraciones legales y casos especiales (trabajadores extranjeros, de casa particular), junto a respuestas a las dudas más frecuentes. Cada sección incluye enlaces a sitios gubernamentales y referencias a la normativa vigente, de modo que obtengas una visión práctica y confiable para acceder a este derecho social.
El seguro de cesantía es un mecanismo de protección económica para los trabajadores dependientes que quedan sin empleo, administrado por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) y regulado por la Ley 19.728. Su objetivo es entregar un ingreso temporal mientras la persona cesante busca un nuevo trabajo. La afiliación es obligatoria para quienes tienen contrato regido por el Código del Trabajo, el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o trabajan en casas particulares, y se financia con cotizaciones del empleador y del trabajador.
Concepto del seguro de cesantía
Naturaleza y objetivos
El seguro de cesantía es un instrumento de seguridad social que protege a los trabajadores cuando pierden su empleo, entregando un subsidio monetario para cubrir sus necesidades básicas durante el desempleo. Está conformado por una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), de propiedad del trabajador, y por el Fondo de Cesantía Solidario (FCS), que complementa los pagos si el saldo de la CIC es insuficiente.
Base legal
La Ley 19.728 estableció el seguro obligatorio de cesantía para trabajadores dependientes, definiendo aportes, condiciones de acceso y montos de los giros. La normativa indica porcentajes de cotización y plazos máximos de cotización, así como los procedimientos administrativos a seguir en caso de discrepancias.
Tipos de seguro de cesantía
Cuenta Individual de Cesantía
La Cuenta Individual de Cesantía (CIC) acumula las cotizaciones del trabajador (0,6 % de la remuneración imponible) y parte de las cotizaciones del empleador en ciertos contratos. Al quedar cesante, los giros se calculan sobre el saldo y la remuneración promedio de los últimos meses .
Fondo de Cesantía Solidario
El Fondo de Cesantía Solidario (FCS) cubre periodos adicionales cuando el saldo de la CIC se agota y el trabajador cumple requisitos de cotización mínima en el FCS (diez cotizaciones). Este fondo es financiado exclusivamente por aportes del empleador (3 % de la remuneración imponible en contratos de plazo fijo).
Requisitos previos
Afiliación automática
La afiliación al seguro de cesantía es automática para quienes ingresaron a un contrato regido por el Código del Trabajo después del 2 de octubre de 2002 y tienen más de 18 años. No se requiere trámite por parte del trabajador; es responsabilidad del empleador.
Condición de cesantía
Para acceder al seguro, la persona debe haber quedado cesante por despido, renuncia ratificada ante ministro de fe, mutuo acuerdo o despido indirecto. En todos los casos debe acreditarse la recepción de la carta por parte del empleador o Dirección del Trabajo.
Cotizaciones mínimas
Quienes tenían contrato indefinido o de casa particular deben contar con al menos diez cotizaciones pagadas; quienes tenían contrato a plazo fijo, por obra o servicio determinado, al menos cinco cotizaciones. Para el FCS se exigen diez cotizaciones en ese fondo específico.
Documentación necesaria
Identificación y ClaveÚnica
Se requiere el RUT sin puntos, la ClaveÚnica (o clave personal de AFC) y un correo electrónico registrado en la Sucursal Virtual de AFC. Los extranjeros sin cédula pueden usar su Número Identificatorio para Cotizar (NIC).
Acreditación de término de contrato
Carta de despido o finiquito
Documento emitido por la Dirección del Trabajo o finiquito firmado por el empleador, que acredite la causal y fecha de término de la relación laboral.
Carta de renuncia o mutuo acuerdo
Carta firmada por el trabajador y ratificada ante un ministro de fe, con constancia de recepción por parte del empleador (firma, nombre y cargo) o comprobante de envío certificado o electrónico.
Procedimiento de solicitud
Acceso a la Sucursal Virtual de AFC
Ingresa a la Sucursal Virtual de AFC y selecciona “Solicitar cobro de seguro de cesantía”. Usa tu RUT y ClaveÚnica (o clave personal de AFC) para autenticarte.
Completar formulario en línea
En el formulario se cargan los documentos que acreditan la cesantía y se revisan automáticamente las cotizaciones acumuladas. El sistema simula el monto y número de pagos según saldo y promedio de remuneraciones.
Envío y confirmación
Tras enviar la solicitud, recibirás un comprobante con un número de trámite. La solicitud ingresa a evaluación y, una vez aprobada, se programa el primer pago en el proceso semanal de AFC.
Montos y plazos de pago
Porcentajes de giros
El primer mes corresponde al 70 % de la remuneración promedio de los últimos seis meses, el segundo al 60 % y el tercero al 50 %, con un tope equivalente a una cierta cantidad de ingresos mínimos mensuales.
Calendario de pagos
Los pagos se ejecutan semanalmente, los días jueves, una vez transcurridos 30 días desde el término de la relación contractual. Si la solicitud se ingresa antes de los 30 días, el primer pago se programa al completar ese periodo; si se ingresa después, se considera la siguiente fecha de pago.
Aspectos legales y derechos
Protección de datos
La información de la CIC y FCS es confidencial y solo accesible al titular o su representante autorizado. La Ley de Protección de Datos Personales prohíbe consultas no autorizadas y sanciona su divulgación indebida.
Reclamos y recursos
Si hay discrepancias en el cálculo de cotizaciones o montos, se puede presentar un reclamo en la Sucursal Virtual de AFC o ante ChileAtiende. Para efectos administrativos, también es posible interponer recursos ante la Dirección del Trabajo.
Casos especiales
Trabajadores extranjeros
Los extranjeros con contrato regido por el Código del Trabajo y afiliados a AFC tienen los mismos derechos al seguro de cesantía, usando su NIC en lugar de RUT si no poseen cédula de identidad.
Trabajadores de casa particular
Están afiliados automáticamente y deben cotizar 0 ,6 % de su remuneración. Para acceder al seguro, exigen diez cotizaciones como en el caso general.
Preguntas frecuentes
Se puede solicitar sin ClaveÚnica
La mayoría de los trámites en línea requiere ClaveÚnica. Sin ella, solo se puede obtener el certificado de residencia comunal en la municipalidad, no el pago del seguro.
Plazo para presentar la solicitud
La solicitud debe ingresarse idealmente dentro de los 30 días siguientes al término del contrato para no retrasar el primer pago; ingresarla después sigue vigente pero el pago solo se programa en la siguiente fecha mensual de AFC.
Qué sucede si el saldo es insuficiente
Cuando la CIC se agota, el Fondo de Cesantía Solidario cubre giros adicionales según cotizaciones acumuladas en ese fondo, hasta el límite legal de meses establecidos.
Solicitar el seguro de cesantía en Chile es un proceso accesible y transparente gracias a las plataformas digitales de AFC y ChileAtiende. Con RUT, ClaveÚnica y la documentación que acredite la cesantía, puedes gestionar tu solicitud en línea, revisar tu saldo y recibir los pagos de manera periódica. Conoce tus derechos, respeta los plazos y recurre a los canales oficiales para resolver cualquier inconveniente.
Enlaces útiles: