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¿Cómo tramitar el retiro de fondos de la AFP por emigración?

Cómo tramitar el retiro de fondos de la AFP por emigración

En este artículo encontrarás un análisis detallado del mecanismo legal y administrativo para tramitar el retiro de los fondos previsionales de la AFP en Chile por motivo de emigración. Se describe el fundamento normativo, los requisitos de elegibilidad, la documentación requerida, el procedimiento paso a paso, las particularidades para distintos tipos de solicitantes (técnicos extranjeros, chilenos que emigran, convenios bilaterales) y las alternativas de pensión desde el exterior. Cada sección incluye enlaces a fuentes oficiales y citas a la normativa vigente, de modo que dispongas de una guía práctica y completa para llevar a cabo este trámite.

Marco legal y fundamento del retiro por emigración

Ley que regula la exención y devolución de cotizaciones

La Ley N° 18.156 de 25 de agosto de 1982 establece la exención de cotizaciones previsionales a técnicos extranjeros y otorga el derecho a solicitar la devolución de los fondos que hayan registrado en una AFP cuando cumplen determinadas condiciones.

Esta ley fue modificada por la Ley N° 18.726 de 23 de julio de 1988, que amplió las facultades de devolución en su artículo 7, señalando que los trabajadores extranjeros podrán solicitar la devolución de los fondos previsionales depositados en una AFP si cumplen los requisitos del artículo 1°.

Objeto del retiro por emigración

El retiro por emigración permite a quienes cesan su afiliación al sistema previsional chileno —ya sea porque son técnicos/profesionales extranjeros eximidos de cotizar o porque son chilenos que se trasladan definitivamente al extranjero— recuperar los saldos acumulados en su Cuenta Individual de Fondos de Pensiones (CIFP).

Este mecanismo no aplica a cotizaciones voluntarias (APV, Cuenta 2) ni a retiros excepcionales como el “10 % por pandemia”; está específicamente regulado por la Ley 18.156 y su anexo de devolución.

Personas alcanzadas y condiciones de elegibilidad

Técnicos o profesionales extranjeros

Son aquellos trabajadores que cuentan con un título técnico o profesional obtenido en un proceso educativo formal y que ingresan a Chile para prestar servicios especializados bajo contrato de trabajo.

Para acogerse a la exención y devolución, deben estar afiliados a un régimen previsional fuera de Chile que otorgue prestaciones de enfermedad, invalidez, vejez y muerte, y haber expresado en el contrato su voluntad de mantener esa afiliación extranjera.

Chilenos que emigran definitivamente

Los ciudadanos chilenos que trasladan su residencia permanente al extranjero pueden solicitar la devolución de sus fondos AFP si demuestran su nueva residencia fuera de Chile y han dado término a su vínculo previsional chileno, aunque este caso depende de convenios bilaterales o de la normativa interna de cada AFP.

En ausencia de convenio, el retiro solo es posible vía pensión de vejez o por causales especiales establecidas en leyes de retiro parciales (“10 %”, “muerte”, etc.), pero no por emigración directa salvo que la AFP lo permita en sus políticas internas.

Convenios de seguridad social

Chile mantiene acuerdos con algunos países (por ejemplo, Perú) que permiten transferir o pensionarse a través del organismo de enlace, sin necesariamente retirar el total de los fondos, sino recibiendo una pensión en el extranjero.

La lista de convenios y sus condiciones se encuentra en el portal de la Superintendencia de Pensiones: Los migrantes y el sistema de pensiones.

Documentación requerida

Identificación y acreditación de nacionalidad

Para técnicos extranjeros: cédula de identidad vigente o pasaporte vigente. En caso de doble nacionalidad, deben presentar certificado de nacionalización que acredite fechas correspondientes.

Para chilenos que emigran: cédula de identidad chilena y pasaporte con registro de salida definitiva, o constancia de residencia en el extranjero emitida por un consulado.

Contrato de trabajo y anexos

Copia del contrato de trabajo original y/o anexo en el cual el trabajador declara su voluntad de no cotizar en Chile y de mantener afiliación al sistema previsional extranjero.

Certificados de afiliación extranjera

Certificación emitida por la institución de previsión del país de origen, legalizada y traducida cuando corresponda, que demuestre cobertura en enfermedad, invalidez, vejez y muerte.

Poder notarial (si aplica)

En caso de representación por tercero, poder notarial con facultades para “tramitar, retirar, cobrar y percibir los fondos previsionales según la Ley N° 18.156”, legalizado en consulado o Ministerio de RR. EE. de Chile, con antigüedad no superior a seis meses.

Procedimiento paso a paso

Preparación de documentos

Reúne todos los antecedentes: identificación, contrato y anexos, certificados de previsión extranjera y, de ser necesario, poder notarial.

Presentación de la solicitud en la AFP

Acude a la sucursal de tu AFP (Provida, Capital, Habitat, Modelo, Cuprum) o ingresa a la Sucursal Virtual si la institución lo permite. Completa el formulario “Solicitud de Devolución de Fondos Previsionales Ley N° 18.156”.

Evaluación y validación

La AFP verifica que se cumplan los requisitos legales y revisa la documentación. Pueden requerir certificado de no nacionalizado emitido por el Servicio Nacional de Migraciones.

Notificación de aprobación o rechazo

Una vez completada la revisión, la AFP notifica la decisión. Si es aprobada, se calcula el monto a devolver (saldo de CIFP) y la fecha de pago. Si se rechaza, se indican las causas y plazos para presentar reclamo ante la Superintendencia de Pensiones.

Pago de los fondos

El desembolso se realiza mediante transferencia bancaria internacional o depósito en cuenta local, según lo indicado en la solicitud. La AFP retiene los impuestos correspondientes según la Ley de Impuesto a la Renta.

Particularidades por AFP

AFP Habitat

En AFP Habitat, el trámite “Devolución Fondos a Extranjeros” está disponible en su Sucursal Virtual y en todas las sucursales físicas. Los pasos y requisitos coinciden con la Ley 18.156, y se puede descargar el formulario en línea.

AFP Modelo

AFP Modelo ofrece la opción de ingreso en línea o presencial. Publicó un instructivo que detalla requisitos, efectos de la exención y alternativas si no se cumplen condiciones.

AFP Capital

En AFP Capital, los extranjeros deben llenar el formulario de devolución Ley 18.156 y presentar los mismos documentos generales. No se permite retiro a chilenos con doble nacionalidad.

AFP Cuprum y otras

AFP Cuprum y otras administradoras siguen el mismo marco normativo; sus sitios web ofrecen formularios y guías similares, accesibles desde la sección de “Trámites y Servicios”.

Consideraciones fiscales y de privacidad

Retención de impuestos

Las AFP deben retener y enterar a Tesorería General de la República los impuestos determinados conforme al artículo 42 N° 1 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, aplicable sobre el monto devuelto.

Protección de datos personales

La información entregada está protegida por la Ley de Protección de Datos Personales; solo el titular o su representante autorizado pueden acceder al estado del trámite y a los documentos sensibles.

Alternativas y opciones complementarias

Pensión desde el extranjero

Si no cumples requisitos de la Ley 18.156 o prefieres una renta periódica, puedes pensionarte desde el extranjero mediante convenios bilaterales o directamente en la AFP, recibiendo pagos en tu país de residencia.

Convenio Chile–Perú

El acuerdo con Perú permite traspasar los ahorros previsionales a la entidad peruana, sin necesidad de retiro en efectivo, optimizando derechos de pensión en ambos países.

Uso de Ahorro Previsional Voluntario

Los fondos de APV o Cuenta 2 pueden retirarse bajo normas específicas de estas modalidades, independiente del sistema obligatorio.

Preguntas frecuentes

¿Puedo retirar mis fondos si ya adquirí la nacionalidad chilena?

No. La Ley 18.156 excluye a quienes tienen doble nacionalidad chilena; solo se permite la devolución de fondos depositados antes de la nacionalización.

¿Cuánto demora el trámite?

Dependiendo de la AFP y de la complejidad de la documentación, entre 15 y 30 días hábiles luego de presentada la solicitud completa.

¿Puedo reclamar si mi solicitud es rechazada?

Sí. Primero agota la vía administrativa ante la Superintendencia de Pensiones. Luego, de persistir la denegación, puedes acudir a los tribunales competentes.

¿Qué costos implica presentar el trámite?

No hay cobro por parte de la AFP. Los únicos costos posibles son los de legalización y apostilla de documentos en consulados o Ministerio de RR. EE.

El retiro de fondos AFP por emigración es un derecho previsto en la Ley 18.156 para técnicos y profesionales extranjeros, y una alternativa para chilenos con convenios bilaterales. Requiere cumplir condiciones de afiliación previsional extranjera, expresar voluntad en el contrato y presentar documentación legalizada. El proceso se realiza ante la AFP respectiva, con posibilidad de apelación ante la Superintendencia de Pensiones. Para mantenerse informado, consulta los sitios oficiales de Superintendencia de Pensiones, las AFP y el Servicio Nacional de Migraciones.